La FAPE considera que Canarias 7 no ha vulnerado el Código Deontológico, aún habiendo publicado una noticia sin contrastar

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha considerado que Canarias 7, canal principal de la televisión autonómica canaria, no ha vulnerado el artículo 1 del Código Deontológico del periodismo. La noticia en cuestión fue publicada en la web de dicho medio de comunicación bajo el título “Mensajes telefónicos comprometen a una consejera del Cabildo”. La problemática de este caso viene porque el periodista que redactó esta noticia no contrastó las informaciones.

Los hechos ocurrieron el pasado 19 de marzo cuando Canarias 7 subió a su web esta noticia, la cual afirmaba que un directivo deportivo contactó con la María Rivero, consejera de deportes del Cabildo, por la falta de apoyo a su club. El principal motivo de la llamada estaba relacionado con una ayuda económica que el Cabildo otorgaba a este club, la cual termino por desparecer. Además, la pieza periodística iba acompañada de unas declaraciones de Rivero en las que aseguraba que dimitiría en el caso de que hubiera pruebas de algún tipo de irregularidades en su departamento. Estas declaraciones también incluían una afirmación en la que Rivero declaraba que existen una serie de mensajes suyos con el directivo del equipo Jamkart que la dejan en una situación comprometida.

La noticia estaba enfocada en la existencia de unos mensajes que evidenciaban el conflicto que existía con la Federación Insular de Automovilismo y un presunto veto desde el Cabildo canario a un comunicado redactado por Jamkart. Cabe destacar que este equipo había conseguido el primer y segundo puesto en el Campeonato de España en la categoría Kz2. Según la Rivero, la publicación de la noticia deja entrever que estos hechos propiciaran que el Cabildo retirara la ayuda de 90.000 euros al año al club.

La publicación de esta noticia provocó que Doña Concepción María Rivero Rodríguez presentara una queja contra el periodista encargado de redactar dicha información. Así como a Canarias 7 por haber permitido la publicación de la noticia en su página web, sin haber comprobado antes la información. Para la denunciante, los mensajes transcritos y la forma en la que está relatada la noticia, hace que los hechos estén sacados de contexto. De esta manera, puede provocar que dé lugar a confusión por parte de la audiencia. Además, Rivero alegó que en ningún momento ha existido el menor indicio de actuación ilegal en su departamento.

La denunciante interpuso la denuncia considerando que este medio de comunicación había vulnerado dos artículos del Código Deontológico. Dichos artículos son el 1 y 2 de los principios generales, así como el artículo 1ª de los principios de actuación. Este último está centrado en el compromiso que deben tener los periodistas con la búsqueda de la verdad. Los profesionales que ejercen esta profesión deben fundamentar todas las informaciones que difunden. No obstante, en este caso el periodista de Canal 7 no contrastó la información.

Por su parte, la parte denunciada expuso que desde Canarias 7 publicaron la solicitud de rectificación remitida por Rivero. Dicha rectificación contenía la versión de los hechos de la consejera de deportes del Cabildo. Asimismo, alegaron que esta solicitud no cumplía con la Ley Orgánica que regula el derecho de rectificación. De esta manera, Canal 7 consideraba desde su posición que habían cumplimentado con el deber de diligencia informativa. Además, añadieron que la noticia que habían publicado estaba amparada por el derecho a la libertad de información.

Finalmente, la FAPE ha considerado que la información publicada por este medio de comunicación no infringe las normas deontológicas de la profesión periodística. También ha recalcado, al igual que Canal 7, que la noticia está amparada en todo momento por el derecho a la libertad de información que recoge el artículo 20 de la Constitución Española. Desde la comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología han afirmado que la información podría no haber sido contrastada como es debido, sin embargo, una vez que el medio de comunicación ha publicado una rectificación, no se incurre en ningún tipo de vulneración al Código Deontológico de la FAPE.

Fdo: Daniel Mangas Diez, Marina Cabrero Duque, Marta Gamazo Rodríguez y Daniel Majerna.

2 comentarios en «La FAPE considera que Canarias 7 no ha vulnerado el Código Deontológico, aún habiendo publicado una noticia sin contrastar»

  1. La denuncia viene dada por la publicación, por parte del medio Canarias 7, de una noticia que garantizaba la existencia de mensajes comprometidos entre la Federación Insular de Automovilismo y el Cabildo canario que dejaban entrever las ayudas económicas y deportivas que habían tenido lugar.

    Para María Rivero, concejala de deportes del Cabildo, era necesaria la rectificación de esa información que no había sido verificada con los miembros de la administración, aunque para la FAPE cumplía con el derecho recogido en el artículo 20 sobre la libertad de información.

    A nuestro parecer, aunque este derecho informativo está presente en la publicación de estos datos, deontológicamente es necesario el contraste de fuentes para garantizar un rigor profesional que va más allá de los límites legales. Sí dejamos de lado la ética para centrarnos solo en los criterios legales perdemos parte de la esencia que guía la profesión y de esta forma, cualquier acto podría ser analizado como una buena praxis por estar amparado judicialmente, aunque se tratara de un comportamiento amoral.

    Ejemplificamos este argumento gracias al libro de estilo de Telemadrid donde se establece la necesidad de atribuir a la información publicada una fuente y la necesidad de comprobar todas las informaciones realizando un contraste con las fuentes tratando de ofrecer todas las versiones de las partes implicadas cuando se trata de conflictos o informaciones comprometidas.
    FCO. JAVIER ÁLVAREZ, CAMINO ARANZANA Y MARIO AZCONA

  2. La reciente decisión de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) de absolver a Canarias 7 de haber vulnerado el Código Deontológico del periodismo, a pesar de publicar una noticia sin contrastar, plantea preocupaciones fundamentales sobre la ética y la responsabilidad en el ejercicio periodístico actual.
    La noticia en cuestión, titulada «Mensajes telefónicos comprometen a una consejera del Cabildo», fue divulgada en la web de Canarias 7 sin que el periodista responsable contrastara adecuadamente las informaciones. Este incidente plantea interrogantes sobre la integridad y la diligencia en la verificación de hechos en el periodismo contemporáneo.
    Los hechos giran en torno a un directivo deportivo que contactó a María Rivero, consejera de deportes del Cabildo, por la supuesta falta de apoyo a su club. La noticia incluía declaraciones de Rivero, quien afirmaba que renunciaría si se presentaban pruebas de irregularidades en su departamento, vinculadas a mensajes comprometedores con el directivo de Jamkart.
    La denuncia presentada por Rivero sostiene que la información fue sacada de contexto y podía inducir a confusión en la audiencia. Alegó que no existía evidencia alguna de actuación ilegal en su departamento. La FAPE, sin embargo, consideró que la noticia no infringió el Código Deontológico, a pesar de la falta de contrastación inicial.
    Canarias 7 argumentó que publicaron la solicitud de rectificación de Rivero, que contenía su versión de los hechos. Además, sostuvieron que cumplían con el deber de diligencia informativa y que la noticia estaba respaldada por el derecho a la libertad de información.
    La decisión de la FAPE, aunque reconoce la falta de contrastación inicial, exime a Canarias 7 de responsabilidades éticas al publicar una rectificación posterior. Esto plantea preguntas críticas sobre si la rectificación es suficiente para mitigar los daños de una información errónea y si la libertad de información debe considerarse como un escudo absoluto frente a las violaciones éticas.
    En última instancia, este caso destaca la importancia de la responsabilidad periodística y plantea debates sobre la efectividad de las medidas correctivas después de la publicación inicial de una noticia sin contrastar. La ética en el periodismo debe ir más allá de las formalidades y asegurar que los medios sean rigurosos y transparentes desde el principio.

    Firmado, Álvaro Gutiérrez Chapado, Inés Gutiérrez González y Alejandro Revilla Benito.

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