El CIC dicta en contra de El Periódico y El Mundo por la vulneración de su Código Deontológico

Fdo: Laura Cenalmor, Sergio Centeno y Nayara Domínguez

El Consejo de la Información de Cataluña dictaminó el pasado 10 de julio de 2019 que tanto el Periódico de Cataluña como El Mundo vulneraron el Código Deontológico de esta organización al cubrir una macrooperación contra la mafia armenia.

Síntesis del caso

La señora AT presentó una queja contra varios medios de comunicación, en concreto El Periódico de Cataluña, El Mundo y EiTB. Llevó a cabo esta actuación tras observar una cobertura en la que, según ella, no se respetaba el derecho a la privacidad ni de ella ni de su pareja, el señor AB. Dichas publicaciones contenían imágenes en la que ambos implicados eran rotundamente reconocibles; además de integrar nombres y apellidos completos de los acusantes. Es esencial destacar que estas quejas no recibieron respuesta por parte de los medios acusados.

Los contenidos a analizar tratan una macrooperación contra la mafia armenia que tuvo lugar el pasado 26 de junio de 2019 en diferentes territorios españoles y acabó con más de un centenar de personas detenidas. Esta actuación, llevada a cabo por los Mossos d’Esquadra y la Policía Nacional, es la continuación de un plan anterior (Operación Nápolés) tras el que varios líderes de la mafia georgiana fueron arrestados.

Los medios de comunicación acusados publicaron esta información, en la que la pareja de AT está implicada por ser uno de los seis máximos responsables de la mafia armenia en España. En estas coberturas, las imágenes de todos los detenidos (incluida la señora AT) aparecen sin pixelar, siendo perfectamente reconocibles por allegados y conocidos. Además, el nombre del señor AB aparece publicado por completo.

Acusación de la afectada

La declaración de la acusante se basa en el impacto negativo contra el honor de las personas que protagonizan la información y en la vulneración de los Derechos Humanos de la Carta de las Naciones Unidas, en concreto del artículo 12 del Código Deontológico: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honor y reputación. Todos tienen derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.”

Dentro de estas restricciones, la acusante define como vulnerado el criterio número nueve, que defiende el derecho a la privacidad de las personas implicadas en la información. Dicho criterio relata textualmente lo siguiente: “Hay que evitar las intromisiones innecesarias y las especulaciones gratuitas sobre sus sentimientos y circunstancias. Dañar de forma injustificada la dignidad de los individuos de palabra o con imágenes, incluso más allá de su muerte, contraviene la ética periodística”.

Resolución del Consejo de la Información de Cataluña

Tras la examinación del caso expuesto, el Consejo de la Información relata ciertas cuestiones que, a su criterio, son importantes. En primer lugar, destaca la inexistencia de una respuesta por parte de los diarios denunciados. Por otro lado, declara que estas firmas no son las únicas que han publicado identidades de los implicados. En concreto, se habla de los siguientes medios: TV3, ABC, Ahora y El País. Resalta que el segundo publicó el nombre completo del supuesto líder mafioso (algo que El Periódico y El Mundo no publicaron, según el consejo).

El Consejo de la Información de Cataluña entiende que el dilema a resolver tiene que ver con darle más importancia al derecho a la información o al derecho a la privacidad. En este caso, el informe publicado por el consejo expone que cada medio de comunicación puede seguir el criterio que dictamine su libro de estilo. Aun así, el escrito afirma que, en el caso de ser un personaje de relevancia pública, no se suele omitir la identidad de este. En relación con esta concepción, se menciona un artículo de Tomás Delclós, donde se afirma que el Tribunal Constitucional da prioridad al derecho a la información en caso de ser hechos veraces y de relevancia pública.

Teniendo en cuenta todo lo relatado, el CIC concluye que tanto el Periódico de Cataluña como El Mundo, además de otros medios sobre los que esta organización no tiene potestad, vulneran el criterio número nueve del Código Deontológico del Consejo de la Información de Cataluña. Este dictamen se basa en que los medios no han respetado la privacidad de la señora AT. En cambio, considera que AB es un personaje relevante para la investigación, por lo que legitima la publicación de su identidad. Habiendo tomado esta decisión, el CIC recomienda oficialmente que se pixele únicamente las imágenes de la señora AT.

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